¿Conoces las ventajas fiscales de rodar en Canarias? Esta región cuenta con el sistema de incentivos fiscales a la producción cinematográfica y audiovisual más potente de toda Europa. Gracias al Régimen Económico Fiscal (REF), el Archipiélago disfruta de un marco jurídico-fiscal propio y especial que permite que las producciones cinematográficas se beneficien de numerosas deducciones fiscales. A continuación, se exponen las ventajas fiscales de rodar en Canarias a las que podrás acogerte si realizas tu producción aquí.
50%-45% de deducción directa para producciones internacionales
Los productores con residencia fiscal en Canarias y que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera, es decir, las empresas de servicios a la producción podrán beneficiarse de una deducción del 50% del primer millón de euros de gastos elegibles y el 45% del resto de gastos en el territorio canario. Las condiciones para acogerse a esta deducción son:
- El gasto elegible en territorio canario será al menos de 1.000.000 €. En el caso de las producciones de animación y la posproducción, el mínimo se reduce a 200.000€.
- El coste total de la producción será, al menos, de 2.000.000 € y los gastos elegibles no podrán superar el 80% del coste total de la producción.
- Esta deducción, en conjunto con el resto de ayudas concedidas para la misma producción, no podrá superar el 50% del coste de producción.
- Este incentivo está limitado a una deducción máxima de 18 millones de euros (cifra pendiente de publicación a través de posteriores modificaciones legislativas).
¿Qué tipo de gastos pueden deducirse?
Todos aquellos gastos realizados en las Islas Canarias directamente relacionados con la producción. Algunos de los son:
- Gastos de personal creativo, siempre que tenga residencia fiscal en España o en algún Estado miembro del Espacio Económico Europeo, con el límite de 100.000€ por persona.
- Los gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores, incluidas la preproducción, producción y posproducción.
¿Quiénes pueden acogerse?
Se pueden acoger las productoras o empresas de servicio a la producción que tengan domicilio fiscal en Canarias y que estén registradas en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) y hayan ejecutado un largometraje cinematográfico u obra audiovisual extranjera.
Se entienden por producciones extranjeras aquellas obras audiovisuales como largometrajes cinematográficos, películas y series de ficción, animación y documentales, que no sean calificadas como españolas.
¿Cómo se obtiene la deducción fiscal?
El importe de deducción fiscal (50-45% de los gastos elegibles) se deduce de la cuota del Impuesto de Sociedades a partir del período impositivo en el que finalice el servicio de producción.
50%-45% de deducción por inversión en producciones o coproducciones españolas
En el caso de las producciones nacionales que se desarrollen en Canarias y que hayan obtenido el Certificado Canario de Producción Audiovisual los porcentajes de deducción serán los mismos que para las producciones internacionales: un 50% sobre el primer millón de euros y, de ahí en adelante, un 45%. También en este caso el incentivo está limitado a una deducción máxima de 18 millones de euros.
¿Qué tipo de producción puede beneficiarse de las ventajas fiscales de rodar en Canarias?
Se entienden por producciones nacionales todos aquellos largometrajes cinematográficos y series audiovisuales de ficción, animación o documental, siempre y cuando obtenga el Certificado Canario de Producción Audiovisual, además de los demás certificados de nacionalidad y cultura española que emite el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA).
¿Y cómo puedo obtener el Certificado Canario de Producción Audiovisual?
Para la obtención del Certificado Canario de Producción Audiovisual es requisito indispensable que la empresa esté inscrita en el Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias. Además, la producción deberá ser de nacionalidad española y cumplir con los siguientes requisitos:
Requisitos relacionados con el tiempo mínimo para disfrutar de las ventajas fiscales de rodar en Canarias
En el caso de largometrajes de imagen real:
- 11 días para presupuestos menores a 2 millones de euros.
- 14 días para presupuestos mayores o iguales a 2 millones y menores a 4 millones de euros.
- 16 días para presupuestos mayores o iguales a 4 millones y menores a 8 millones de euros.
- 18 días para presupuestos mayores a 8 millones de euros.
En el caso de series de imagen real:
- Se exigirá un mínimo del 20% del tiempo de rodaje en Canarias de los capítulos que conforman la temporada de la serie.
En el caso de documentales:
- No existen exigencias de tiempo de rodaje.
En el caso de obras de animación:
- 15% del tiempo de producción para presupuestos superiores a 5 millones de euros.
- 20% del tiempo de producción para presupuestos inferiores a 5 millones de euros.
- Los trabajos de renderización no pueden superar el 20% del tiempo de producción correspondiente a la parte española.
Requisitos relacionados con la contratación de personal con residencia fiscal en Canarias
La obra audiovisual objeto del certificado deberá contar, al menos, con la participación de:
- Una persona considerada personal creativo.
- Nueve personas consideradas personal técnico que pertenezcan a un mínimo de cinco equipos diferentes.
En el caso de los documentales debe contratarse a un mínimo de dos profesionales a elegir entre: director/a, director/a de fotografía, guionista, productor/a ejecutivo y compositor/a de la música original.
En el caso de las obras de animación debe contratarse a un jefe de equipo de la oficina de producción en Canarias o, en su defecto, un lead, un senior o un actor/actriz de doblaje en papel principal o secundario.
En el caso de una coproducción, la aportación del productor canario debe ser superior al 20% de su coste.
¿Qué tipo de gastos pueden reducirse en producciones nacionales?
En este caso, la base de la deducción estará formada por el coste de producción y por los gastos para la obtención de copias, publicidad y promoción a cargo del productor. El límite para ambos caso es del 40% del coste de la producción. Como requisito, al menos el 50% de la base de deducción deberá corresponderse con gastos realizados en territorio español.
¿Cómo se obtiene la deducción fiscal para tener las ventajas fiscales de rodar en canarias?
El importe de deducción fiscal es el crédito fiscal que se deduce de la cuota del Impuesto de Sociedades (IS). En el caso de que la cuota no fuera suficiente para aplicar toda la deducción, el resto se podrá ir deduciendo en las cuotas siguientes del Impuesto de Sociedades.
Zona Especial Canaria (ZEC)
Puede constituirse como entidad ZEC cualquier empresa que desarrolle actividades de producción y/o relacionadas con el sector audiovisual. La ventaja de pertenecer a la Zona Especial Canaria es la posibilidad de tributar con un tipo impositivo reducido del 4% en el Impuesto de las Sociedades, en lugar del tipo general del 25% vigente en España.
¿Cuáles son los requisitos para ser entidad ZEC?
- Ser una entidad (o sucursal de una empresa) de nueva creación.
- Que, al menos, uno de los administradores sea residente en Canarias.
- Realizar una inversión mínima de 100.000€ en activos fijos en un periodo de dos años desde que se registre la empresa ZEC.
- Crear como mínimo 5 puestos de trabajo en los seis primeros meses de actividad manteniendo el promedio anual durante toda la vigencia de la empresa en la ZEC.
Las actividades relacionadas con el sector audiovisual que puedan estar en el marco de la ZEC son:
- Producción
- Servicios de producción, asistencia en rodajes y posproducción.
- Fotografía y publicidad.
- Distribución audiovisual.
¿Qué beneficios obtiene una entidad ZEC?
- Solo un 4% en el Impuesto de Sociedades.
- Exención en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Exención en el IGIC a la importación de materia prima, inversión o productos.
- Aplicación del Convenio de Doble Imposición Internacional.
- Suspensión de la restricción de aplicación de la deducción por doble imposición interna por dividendos.
Otras ventajas fiscales de rodar en Canarias
Canarias cuenta con otros instrumentos fiscales que incentivan la productividad de las empresas independientemente del sector de la actividad. Por lo tanto, se pueden aplicar al sector audiovisual y son compatibles con las ayudas específicas mencionadas anteriormente.
Ventajas fiscales de rodar en Canarias: La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
Este incentivo fiscal se basa en una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de hasta un 90% del beneficio no distribuido. Las productoras pueden captar RIC de otras empresas para invertirlas en sus producciones, siempre y cuando obtengan el sello de Certificado Canario de Obra Audiovisual, otorgado por el Gobierno de Canarias. La RIC se puede materializar en largometrajes, cortometrajes y series audiovisuales de ficción, animación o documental cuando se hayan producido en Canarias.
Ventajas fiscales de rodar en Canarias: Deducción por I+D y Deducción por IT
Se aplica una deducción por actividades calificadas como Investigación y Desarrollo directamente ejecutadas en Canarias. Un 45% de deducción en los costes elegibles frente al 25% que se concede en el resto de España y, en el caso de la deducción por Innovación Tecnológica, en Canarias asciende también al 45% mientras en la Península y Baleares es del 12%. Este incentivo se puede aplicar a proyectos de animación digital, posproducción y videojuegos.
En Las Hormigas Negras ofrecemos servicios de asesoramiento en Incentivos Fiscales. Para más información,contacta con nosotros y te explicaremos cómo disfrutar de las ventajas fiscales de rodar en Canarias.